No pagarán impuestos quienes regularicen montos de hasta US$ 100.000. La medida está dirigida tanto a los residentes en Argentina como a aquellos que mudaron su residencia fiscal a otro país y tienen intención de regresar sus capitales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para llevar adelante el blanqueo de capitales o Regularización de Activos, contemplado en la Ley 27.743 “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. Lo hizo a través de la Resolución General Nº 5528 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa implica que no pagarán impuestos quienes regularicen montos de hasta 100 mil dólares. “Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso”, se afirma en el texto.

La medida había sido anunciada por el gobierno del presidente Javier Milei e incluida en el paquete fiscal que fue aprobado en simultáneo con la Ley Bases.

Así, se podrá regularizar cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta US$ 100.000.

Escalonamiento


Cuanto antes se adhiera al nuevo régimen menor será la alícuota a pagar. El escalonamiento es el siguiente:

Hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota de 5% sobre el excedente de 100.000 dólares.
Hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es de 10%.
Hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende a 15%.
“La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio)”, se expresa en la resolución.

Un dato interesante: pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.

Requisitos y condiciones


Los requisitos, formas, condiciones y exclusiones de la adhesión se encuentran disponibles en el micrositio www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal. Será posible ingresar a la exteriorización desde este miércoles hasta el vencimiento de cada etapa.

El Gobierno plantea una proyección en la que el blanqueo de capitales incluido en el paquete fiscal de la Ley Bases le aporte una recaudación de 0,3% del PBI, que puesto en cifras implicaría casi US$ 2.000 millones. (DIB)

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